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jueves, 14 de abril de 2011

Derecho e ilusión

Desde el derecho se construye toda una ilusión, un mundo donde la realidad está desplazadas y en su lugar se presenta otra imagen como real. Tan real que sólo cabe pensar, juzgar, actuar en consecuencia. Actuar como si... fuéramos libres e iguales; como si... contratáramos en cada oportunidad en paridad de condiciones con el otro; como si... conociéramos las normas que debemos conocer; como si... nunca incurriéramos en "error de derecho". Juzgar como si... nuestra sentencia tuviera garantía de justicia y el fundamento de verdad; como si... la realidad fuera lo que el discurso del derecho dice que es. Y lo más sorprendente de esta ilusión es otra ilusión que la acompaña; en la mayor parte de los casos no es a través de la exhibición, la amenaza o la efectivización de la violencia que el derecho produce tales efectos. Es que el derecho reprime muchas veces haciéndonos creer que estamos de acuerdo con ser reprimidos y censurados.

"Justo en el centro del discurso ordinario de la censura, discurso mantenido por los juristas y sus partidarios... se juega algo por cuenta de Otra escena", según Legéndre. Ese discurso por su propio mecanismo censor sostiene la ilusión del no conflicto, lo encubre para mantener la creencia en el orden, en las instituciones que sacraliza por ser justas y perfectas.

A partir de esa ilusión se constituye el sujeto autónomo que discierne, que siempre puede elegir en libertad: "libre" en sus relaciones interpersonales; "libre" integrante de grupos cuya pertenencia escoge; "libre" como ciudadano; "libre" para asociarse (siempre que sea con fines útiles, naturalmente); "libre" para ejecutar todas las acciones que el derecho no prohíbe (lo que supone que está en condiciones de poder efectivamente realizar todos esos actos). Como se ve lo ilusorio gesta lo ilusorio y lo hace con efecto multiplicador: la sociedad (espejo de los hombres que la forman) es una sociedad igualitaria; los estados soberanos tienen capacidad de autodeterminarse; los sistemas democráticos son definidos por la división de poderes y la declaración formal de garantías; la independencia del poder judicial, etcétera. La enumeración no es casuística sino que intenta llamar la atención sobre los múltiples aspectos en los que se proyecta esta fuerza mágica del derecho.

El drama social no debe aparecer. Los enfrentamientos de intereses opuestos y contradictorios no deben ser mostrados. Cada vez que su potencia fracture el gran discurso censor, éste deberá repararse sin hacerse cargo de su herida traumática, para lo cual habrá de decir algo acerca de lo que es, pero poniéndolo en un lugar diferente.

"La ilusión de lo jurídico" de Alicia Ruiz, en AAVV, "Materiales para una Teoría Crítica del Derecho", Abeledo Perrot, Buenos Aires, 1991.

Sublime